Dirección de Obras Municipales
Sr. Lorenzo Antonio Paredes Pérez
Director
La Dirección de Obras Municipales tiene por objeto aplicar las normas legales sobre la construcción y urbanización en la comuna, velando por el ordenamiento armónico territorial.
Artículo 41°: Tiene a su cargo las siguientes funciones:
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo
efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
- Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las
áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales en caso de aplicación del artículo 55 de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones.
- Dar aprobación a los ante proyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y
otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que estos cumplen con los
aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
- Recibirse de las obras y autorizar su uso previa verificación de que estas cumplen en los
aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcción.
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas que las rijan.
- Aplicar las normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación
realizadas en la comuna.
- Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; y pronunciarse sobre los
informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a petición de la Secretaría
Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o de la Dirección de Tránsito y
Transportes Públicos Municipales respectiva.
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas
directamente o a través de terceros.
- Colaborar con otras unidades en la elaboración, ejecución y control de programas sociales
relacionados con la materia de su competencia, según normativa y leyes vigentes.
- En general, verificar la aplicación de las normas legales sobre construcción y urbanización en
la comuna.
- Colaborar con la Secretaria Comunal de Planificación en la revisión de bases y especificaciones
técnicas de las propuestas para la contratación de obras municipales.
- Generar base de datos y mantener actualizada la digitalización de información histórica,
atingentes a la Dirección de Obras Municipales.
- Colaborar en la elaboración de un catastro en un sistema de información geográfica mediante
la utilización de cartografía digital mediante imágenes satelitales.
- Controlar y fiscalizar el cumplimiento, por parte de la Comunidad, de la L.G.U.C. y su
Ordenanza, además de otras disposiciones legales de competencia municipal.
- Fiscalizar los permisos para ejecución de obras de urbanización y edificación en todo el
territorio comunal. Informar respecto a todas las irregularidades observadas en la vía pública,
relativas a trabajos ejecutados por instituciones públicas o privadas atingentes a la Dirección
de Obras Municipales.
- Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza
de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.