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Artículo 35°: Oficina del Adulto Mayor, tiene como objetivo implementar y promover la participación, cuidado y la vida activa de las Personas Mayores de la Comuna realizando actividades de carácter físico, psíquico, motriz y recreativo, logrando que se posibiliten su crecimiento individual, familiar y social.

Sus funciones son las siguientes:


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