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Artículo 27°: Oficina de Gestión Habitacional, cuyo objetivo es generar, gestionar y lograr la aprobación de proyectos de inversión que permita la producción y gestión de viviendas, acorde a lineamientos estratégicos nacionales, regionales y Comunales, desde los tradicionales programas de Vivienda MINVU hasta las herramientas creadas a partir de la ley N°21.450 sobre la integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelos y Plan de Emergencia Habitacional.

La oficina tendrá las siguientes funciones:


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