Artículo 30°: Corresponderá a todas las unidades municipales responder en tiempo y forma los requerimientos
que se derivan de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública, y de su Reglamento.
Para que luego la Oficina pueda realizar las siguientes funciones:
- Mantener permanentemente actualizado el contenido disponible a través del link de
transparencia de la página web de la Municipalidad de El Quisco relativo a su unidad, enviando
la información respectiva al Departamento de Transparencia.
- Dar pronta y oportuna respuesta a las solicitudes de información, dentro de los plazos y forma
establecida en el reglamento para el acceso a la información pública.
- Velar por el cumplimiento de las materias y buenas prácticas de transparencia fijados para
cada unidad y su debida actualización.
- Mantener debidamente informados a los funcionarios municipales sobre las instrucciones
recibidas por el Consejo para la Transparencia.
- Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza
de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.