
Permiso de Circulación
El Permiso de Circulación es un impuesto que debe ser pagado anualmente por todos los dueños de vehículos motorizados, para poder transitar por las calles, caminos y vías a lo largo de Chile en forma legal.
El valor de este impuesto se calcula en base a la tabla de tasaciones que anualmente publica el Servicio de Impuestos Internos en el Diario Oficial.
Recuerde que antes de obtener o renovar el permiso de circulación, debe consultar si registra multas de tránsito no pagadas o si se encuentra en el Registro de Pasajeros Infractores (RPI). También recuerde revisar el estado de la revisión técnica del vehículo.

Fechas de Pago
Del 1 de febrero al 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
Mayo: taxis, buses y automóviles de turismo o de servicios especiales.
Septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.
Valores
Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, para determinar el valor de cada permiso.
Consulte la tasación fiscal y permisos de circulación de automóviles, motos y vehículos pesados, definidos por el SII.
Documentación Vehiculos Usados
- Permiso de circulación anterior.
- Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica y de gases vigente.
- Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación. Revise precios del SOAP.
- Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.
Documentación Vehiculos Nuevos
- Factura de compra (incluye la copia).
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
- Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
- Póliza de seguro automotor obligatorio.
- Importante: los vehículos nuevos pagarán el permiso en forma proporcional a cada uno de los meses que faltan para completar el año.
Atención Extraordinaria
El Quisco habilita atención extraordinaria para la renovación de permisos de circulación 2025
La Ilustre Municipalidad de El Quisco ha anunciado un horario especial de atención para facilitar el trámite de renovación de los permisos de circulación 2025. Con el objetivo de brindar mayor accesibilidad a la comunidad, se han dispuesto jornadas extraordinarias en las siguientes fechas y horarios:
Sábado 22 de febrero: de 09:00 a 14:00 hrs.
Sábado 22 de marzo: de 09:00 a 13:00 hrs.
Sábado 29 de marzo: de 09:00 a 17:00 hrs.
Domingo 30 de marzo: de 09:00 a 14:00 hrs.
Lunes 31 de marzo: de 09:00 a 17:00 hrs.
Este horario especial busca facilitar el proceso a quienes no pueden acudir en horario habitual. Se recomienda a los contribuyentes asistir con la documentación necesaria para agilizar el trámite.
Para más información, la Municipalidad de El Quisco invita a visitar sus canales oficiales o acudir a sus dependencias en los días establecidos.
¿Dónde pagar el permiso de circulación?
La Municipalidad de El Quisco ofrece dos opciones de pago:
Opción de pago presencial: Dirigirse a la Direccion de Transito en su oficina ubicada en Av. Francia N°011, de lunes a viernes desde 09:00 hasta 14:00 horas
Opción de pago online para quienes ya hayan registrado algún pago de permiso de circulación en la comuna de El Quisco anteriormente: Visitar la página Web de la municipalidad www.elquisco.cl, y encontrará un banner que dice paga aquí tu permiso de circulación y que lo dirige automáticamente al link
¿Cúando pagar el permiso de circulación?
Vehiculos Particulares
Febrero-marzo (Puede pagar el total o la 1ª cuota) Agosto (2ª cuota)
Vehiculos de Transporte de Pasajeros
Mayo (Puede pagar el total o la 1ª cuota) Junio (2ª cuota)
Vehiculos de Carga
Septiembre (Puede pagar el total o la 1ª cuota) Octubre (2ª cuota)
Vehiculos sin circulación
Si el vehículo no ha circulado o no circulará durante todo el año, el propietario debe indicar el motivo en una declaración jurada simple.
Importante: el plazo vence el 30 de noviembre de cada año.
Si el permiso no se paga
Una vez cumplido el plazo, la persona dueña del vehículo puede quedar como moroso o morosa, exponiéndose a intereses extras y a multas policiales (el vehículo puede ser retirado de circulación si es sorprendido en la vía pública). Además, al momento de renovar la patente se aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula con al IPC.
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